Retenciones de IRPF en facturas de profesionales: 7%, 15% o 19%
¿Cuándo debes retener el 15% a tu gestor o aplicar el 7% como nuevo autónomo? Aprende a gestionar las retenciones y el Modelo 111.
Tres facturas llegan la misma semana a una pequeña constructora. La del aparejador, 1.000 € de base, lleva un −150 €. La de una diseñadora dada de alta en febrero, también 1.000 € de base, lleva un −70 €. La del casero del local, 1.000 € de renta, lleva un −190 €. Las tres son «retención». No son el mismo impuesto aplicado con tres humoradas: son tres obligaciones distintas, y usar el 19% en la factura de un profesional «por si acaso» es un error de tipo, no una muestra de prudencia.
El 15%: el tipo general entre profesionales
Cuando un empresario o profesional paga rendimientos de actividades profesionales a otro —abogado, asesor, arquitecto, diseñador, periodista en el ejercicio de esa actividad—, practica retención sobre la base, con carácter general del 15%. La base es el importe del servicio, sin IVA. El IVA se suma después y no se retiene. En la factura del aparejador: base 1.000, retención 150, IVA 210, total a pagar 1.060 €. El cliente ingresa esos 150 € en Hacienda mediante el Modelo 111 y entrega el certificado al profesional, que los restará en su Modelo 130 y en la Renta.
No todas las facturas de un autónomo llevan retención. Quien vende mercancías, quien repara para un particular o quien presta ciertos servicios empresariales no está en el mismo cajón que las actividades profesionales del reglamento del IRPF. El epígrafe y la naturaleza del servicio mandan, no el hecho de ser autónomo. Aplicar el 15% a la factura de un fontanero que te cambia un grifo en casa, siendo tú particular, no procede. Aplicarlo cuando ese fontanero te factura un servicio profesional que no es actividad profesional a efectos de retención, tampoco. El error inverso —no retener al abogado— lo paga quien debía retener.
El 7%: inicio de actividad, con fecha de caducidad
Quien inicia la actividad puede aplicar el 7% en el periodo de inicio y en los tres siguientes, si no ha ejercido actividad profesional en el año anterior. La diseñadora del ejemplo está en esa ventana: sobre 1.000 € retiene 70, no 150. El total a cobrar sube, y el 111 del cliente baja. Para usarlo tiene que comunicar al pagador que se cumplen los requisitos, normalmente con una nota en la propia factura. No es un tipo que el cliente elige porque la factura «parece de alguien joven». Si la ventana de tres años ya se cerró y se sigue aplicando el 7%, el pagador ha retenido de menos.
El 19%: casi nunca es la factura del profesional
El 19% que la gente coloca en la misma lista es, en la práctica cotidiana, la retención de los arrendamientos de inmuebles urbanos cuando el arrendador es persona física y el arrendatario es empresario o profesional. Se declara en el Modelo 115, no en el 111. La factura del local del ejemplo: base 1.000, retención 190, IVA según el caso (muchos alquileres de local llevan 21%), total distinto del de un profesional. Hay otros tipos del 19% en el IRPF —ciertos rendimientos del trabajo, premios, algunos administradores en el Impuesto sobre Sociedades— que no convierten el 19% en «la retención alta de los autónomos».
Poner 19% en la minuta de un abogado mezcla el 111 y el 115, descuadra el certificado anual y obliga a una factura rectificativa cuando alguien, por fin, suma las casillas.
Cuando el tipo está mal y el trimestre ya se presentó
No se arregla emitiendo otra factura normal con el tipo bueno y dejando las dos vivas: eso duplica el ingreso. Se rectifica la factura incorrecta, se ajusta el 111 o el 115 del periodo que corresponda y se explica al otro lado el nuevo neto a pagar o a devolver. Quien cobró de más por una retención baja tiene que devolver la diferencia; quien cobró de menos, al revés. El IVA de esa factura, si la base no cambia, no se toca. Tocar el IVA «ya que estamos» es la forma de abrir también el Modelo 303 sin necesidad.
En tu archivo, cada factura recibida con retención debería mostrar base, tipo y modelo en el que viaja (111 o 115). Una columna única llamada «IRPF» es el sitio donde el 7, el 15 y el 19 acaban sumados como si fueran la misma casilla.
Lee la retención como un campo propio, separado de la base y del IVA
El tipo aplicable depende de la calificación del rendimiento, no solo del porcentaje que el emisor haya impreso. Si el epígrafe o el contrato no están claros, confirma el tipo antes de ingresar el 111.
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